Cuando usted tiene problemas en su condominio con filtraciones de agua, lo primero que debe determinar
es si el origen de la filtración esta en tuberías o cañerías que forman parte de los bienes comunes
o no, ya que en base a esto se determinara en quien recae la responsabilidad de solucionar dicho
problema.
Por ejemplo, si la filtración se origina en una cañería anterior al medidor corresponde a bienes
de dominio común y por tanto el administrador del condominio deberá solucionar dicho asunto a la
brevedad. En caso de no existir administrador, notifique al presidente del comité de dicha filtración
y exija su solución. Puede recurrir al Juzgado de Policía Local, en caso de no encontrar una respuesta
satisfactoria.
Cabe considerar lo planteado en el artículo 6 del decreto N° 46 sobre la Copropiedad
Inmobiliaria, el cual señala lo siguiente: “Serán de cargo del respectivo propietario las
reparaciones y la mantención de la unidad de su dominio, de sus muros, vigas y de los muros exteriores que
no sean estructurales, en la parte que dan al interior de su unidad, pisos, ventanas, puertas y demás
bienes que son exclusivos de su respectiva propiedad, como también de las instalaciones respectivas de
luz eléctrica, agua, gas, alcantarillado y ventilación, en lo que quede dentro de su unidad, a partir
de los empalmes de entrada a la unidad y hasta la salida de la misma. El reglamento de copropiedad podrá
establecer que ciertas reparaciones y mantenciones no serán de cargo exclusivo de los copropietarios,
tales como las que deriven de la sustitución de instalaciones generales del condominio o sean consecuencia
de desperfectos de la red central de ellas.